Por Israel Castillo De Jesús

La Corte Penal Internacional (CPI), nace como un esfuerzo de la comunidad internacional, a través del Estatuto de Roma (ER), de 1998, para construir una jurisdicción efectiva contra los crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, crímenes de agresión y genocidio. Los genocidios de Ruanda y Bosnia durante los años 90, fueron un impulso determinante para llevar a término los esfuerzos que durante décadas se venían realizando en este sentido.

Desde su nacimiento, la Corte ha tenido de frente a los Estados Unidos, que, a pesar de haber firmado el ER, no lo ratificó y en cambio, inició una serie de movimientos para entorpecer su desarrollo. En los primeros años de la CPI, Estados Unidos firmó decenas de Acuerdos Bilaterales de Inmunidad con países bajo su influencia, buscando proteger a los ciudadanos norteamericanos de la jurisdicción de la Corte. La República Dominicana fue uno de esos países.

En la actualidad, la Fiscalía de la Corte se encuentra en el proceso de investigación de crímenes ocurridos durante la Guerra de Afganistán, a lo que el gobierno de Trump se ha opuesto vehementemente. Desde que se hicieron públicas las intenciones de iniciar dicha investigación, el Departamento de Estado ha retirado las visas e impuesto sanciones a diversos funcionarios de la Corte y anunció que haría lo mismo a “cualquiera que colabore en el proceso”.

El caso dominicano ha sido todo lo opuesto al estadounidense, pues a pesar de la presión que en alguna medida supuso la firma el Acuerdo Bilateral de Inmunidad con los Estados Unidos el 13 de septiembre de 2002, la República Dominicana ha acompañado a la Corte Penal Internacional desde sus primeros pasos.

El 31 de marzo de 2005, a través de la Resolución no. 117-05 del Congreso Nacional, fue ratificado el Convenio sobre Estatuto de Roma, que había sido suscrito el país en septiembre de 2000. Años más tarde, en 2008, fue ratificado el Acuerdo sobre Privilegios e inmunidades de la Corte Penal Internacional.

Luego de ratificar el ER, los Estados han empleado diversos mecanismos para la incorporación de este a su ordenamiento jurídico. En el caso dominicano, el Congreso Nacional ha optado por integrar las disposiciones del ER al Código Penal. Sin embargo, queda pendiente este proceso, debido a que los debates sobre el aborto en la República Dominicana, han retrasado por largos años la aprobación del nuevo Proyecto de Ley de Código Penal Dominicano, que sustituiría al vigente, promulgado en el año 1884.

No obstante, esto no representa un inconveniente mayor, pues la Constitución Dominicana establece que los acuerdos internacionales firmados y ratificados, adquieren rango constitucional y son de aplicación directa e inmediata.

Siguiendo con la tradición de apoyo a la CPI, en 2018, luego de varios años de trabajos impulsados por el grupo de Parlamentarios para la Acción Global (PGA), se promulgó la Ley núm. 32-18 del 10 de agosto de 2018, que regula las relaciones de cooperación entre el Estado dominicano y la Corte Penal Internacional.

Como otra muestra del respaldo dominicano a la CPI, en 2011, por primera vez, fue remitida a la Asamblea de los Estados Parte (AEP), una candidatura para cubrir una de las 6 vacantes de jueces correspondientes al período de 9 años comprendido entre 2012 y 2021. Se trató de la Jueza Olga Venecia Herrera Carbuccia, quien en efecto, fue electa.

Recientemente, la República Dominicana remitió su segunda candidatura a la AEP, para ocupar uno de los asientos de los jueces que serán sustituidos al finalizar el año 2020. En esta ocasión se trata del Juez Ramón Horacio González.

Queda pendiente la ratificación por parte del Estado dominicano de las enmiendas al Estatuto de Roma, realizadas en Kampala 2010, sobre el crimen de agresión.